Nos encargamos de la documentación, los bancos, los impuestos,
la notaría y los registros, de principio a fin.
Precio cerrado desde 590 €.
Cada expediente tiene su propia área privada. Entras cuando quieras, desde el móvil o desde el ordenador, y ves exactamente en qué punto está tu herencia, qué hemos hecho ya y qué falta.
La mayoría de las herencias son más sencillas de lo que parecen. Para esas, el precio es cerrado y lo sabes antes de empezar.
No incluye los costes de notaría y registro ni los impuestos, que se pagan directamente a cada organismo.
No pagas nada hasta que aceptas el presupuesto. Y buscamos que no tengas que adelantarlo de tu bolsillo: en una herencia el dinero suele llegar tarde, y eso lo tenemos en cuenta.
¿Y si mi herencia no es sencilla?
Una herencia es sencilla cuando hay testamento, los herederos están de acuerdo y el patrimonio es el habitual: una vivienda, alguna cuenta y poco más. Cuando se complica, el precio sube en función del trabajo real que exige el caso.
Estudiamos tu situación sin coste, te decimos por escrito en qué categoría está la tuya y cuánto costaría, y decides tú.
¿Y si ahora mismo no tengo el dinero?
Es lo habitual: cuando fallece alguien, su dinero se queda bloqueado justo cuando hay que empezar a pagar la notaría, el registro y los impuestos.
Lo hablamos caso por caso y buscamos la forma de que los pagos vayan al ritmo de la herencia.
Detalla tu escenario real —quiénes heredan, en qué proporción y qué bienes hay— y te damos las dos cifras que importan: lo que cuesta que nosotros lo tramitemos y lo que pagarás de Impuesto de Sucesiones.
Se aplica la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual los últimos cinco años.
El «patrimonio propio» es lo que ya tenía cada heredero antes de heredar. Por encima de 403.000 € el impuesto sube entre un 5% y un 20%. Déjalo en blanco si no lo sabes.
| Heredero | Le corresponde | Impuesto |
|---|
Estimación orientativa a partir de la escala estatal, las reducciones generales y la bonificación autonómica aproximada. No es una liquidación ni sustituye el criterio de nuestros profesionales: el importe real depende de las valoraciones, los grados de parentesco, el patrimonio previo de cada heredero y la normativa vigente en el momento del fallecimiento.
Saber qué hay es el primer paso. Heredo reúne toda tu herencia en un único lugar.
Consultamos las últimas voluntades, el Catastro y el Registro de la Propiedad, y pedimos a la Agencia Tributaria la información fiscal del fallecido para construir el inventario.
La herencia no espera a que la familia esté lista. El Impuesto de Sucesiones se cuenta desde el día del fallecimiento, y casi nadie lo sabe hasta que ya es tarde.
Es el plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones. Empieza a contar el día del fallecimiento.
Fuera de plazo llegan los recargos y los intereses de demora, que crecen con el tiempo.
Y recibir el patrimonio tampoco es el final.
Mantener los activos recibidos.
Vender, alquilar, financiar o reorganizar.
Asegurar y proteger lo recibido.
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Perito Judicial, Máster en Gestión Financiera, Doctorando en Ingeniería Matemática y Profesor en la Universidad Politécnica de Madrid.
LinkedIn ↗El equipo de abogados de Heredo es el responsable de tu expediente y tu interlocutor durante todo el proceso. Tu expediente lo lleva un abogado colegiado especializado en herencias y sucesiones, y una red de notarías ejecuta cada trámite bajo su propia responsabilidad profesional.
Una herencia sencilla, con testamento y herederos de acuerdo, suele cerrarse en tres o cuatro meses. Lo que más tarda casi nunca es el trámite: son los certificados oficiales, que llevan sus semanas, y los acuerdos entre familia. Si hay desacuerdo o no hay testamento, se alarga.
No pasa nada: se hace un acta notarial de declaración de herederos, que es el documento que sustituye al testamento y establece quién hereda según la ley. Es un trámite más, con su coste y su plazo, y nos ocupamos nosotros. Alrededor de un tercio de las herencias en España se tramitan así.
Sí. Puedes aceptarla, renunciar a ella o aceptarla a beneficio de inventario, que te protege: solo respondes de las deudas hasta donde llegue lo heredado, nunca con tu patrimonio. Lo primero es saber qué hay, y por eso el inventario va antes que la decisión. Nunca aceptes una herencia sin saber qué debía el fallecido.
Normalmente sí: el impuesto se presenta antes de que los bienes estén a tu nombre. Pero los bancos permiten pagar el Impuesto de Sucesiones con cargo a las cuentas del fallecido, aunque la herencia no esté aceptada todavía. Es una de las cosas que más angustian y casi siempre tiene solución.
Es la pregunta que más se repite, y con razón: una herencia llega en el peor momento de liquidez posible. El dinero está bloqueado en las cuentas del fallecido justo cuando hay que pagar notaría, registro e impuestos. Nuestro trabajo es que eso pese lo menos posible. No cobramos nada hasta que aceptas el presupuesto por escrito, y en cada caso miramos cómo encajar los pagos con los tiempos reales de la herencia y con el dinero que va apareciendo. Cuéntanos tu situación y lo hablamos antes de que te comprometas a nada.
Es más frecuente de lo que parece, y casi siempre se resuelve hablando con números encima de la mesa: una valoración objetiva de la vivienda, quién quiere qué y qué compensación equilibra el reparto. Si aun así no hay acuerdo, existe la vía judicial, pero es cara y lenta, y nuestro trabajo es evitarla.
Sí. El Impuesto de Sucesiones lo regula cada comunidad autónoma y las diferencias son enormes: la misma herencia puede pagar unos pocos euros en una comunidad y decenas de miles en otra. Trabajamos con la normativa de la comunidad que corresponda a cada caso.
Tu expediente lo lleva un equipo de abogados especializados en herencias y sucesiones, y coordina además las notarías y gestorías que intervienen en cada trámite. Te decimos siempre quién interviene, y no pagas por el profesional que tu caso no necesita.
Viajan cifrados, se guardan cifrados y solo los ve quien tú autorices. Queda registrado quién accede y a qué. Cumplimos íntegramente el RGPD y la normativa española de protección de datos, y puedes pedir que los borremos cuando el expediente se cierre.
¿Te queda alguna duda? Hemos escrito en detalle sobre plazos, documentos, impuestos y qué hacer en los primeros días. Ver la sección de ayuda.
Cuéntanos brevemente tu caso. La valoración inicial es gratuita y no necesitas enviar ningún documento todavía.
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